martes, 26 de abril de 2016

RESUMEN♥ : Norma oficial mexicana NOM-115-STPS-2009
EQUIPO: 3


“Seguridad- equipo de protección personal- cascos de protección, clasificación, especificaciones y métodos de prueba”

La presente norma establece la calificación y métodos de prueba que deberán cumplir los cascos de protección que se fabriquen comercialicen, distribuyan e importen en el territorio nacional.
Para la correcta aplicación de esta norma deberán consultarse las siguientes normas:
·         Nom-017-stps-2008: selección de uso y maneo en los centros de trabajo
·         NOM-106-SCFI-2000: características de diseño
·         NMX-B-116-SFCI-1996: determinación de la dureza
·         CLASIFICACION Y DESIGNACION
La certificación de los cascos de protección se llevara a cabo por clasificación y designación a elección del solicitante. Se considera como clasificación a su nivel de desempeño contra riesgos pro impactos y tención eléctrica, en las clases G (general), E (eléctrico) y C (condición).
CLASE G:
Impacto, tensión eléctrica soportable, penetración y resistencia a la combustión.

CLASE E:
Impacto, tensión eléctrica soportable, tensión eléctrica de perforación, penetración y resistencia a la combustión.

CLASIFICACION C:
Impacto, penetración y resistencia a la combustión.

Deberán tomarse precauciones para marcar o decorar los cascos clase G o clase E.
Cada casco deberá llevar marcado en la concha por medidas permanentes en letras de al menos 1.5mm de altura, a) marca el fabricante, B) modelo del casco, C) la clasificación del casco de la protección.

       ETIQUETADO

Debe llevar una etiqueta legible, indeleble, transferible y adherida en el interior de la concha.
v  En caso de producto de procedencia extranjera, debe llevar la identificación del importador.
v  La leyenda que identifique al país de origen del producto, ejemplo: “producto de…”, “hecho en…”, “manufacturado en…” u otras análogas.
v  Fecha de fabricación

EMPAQUE
Los cascos de protección deberán estar empacados de tal manera que no afecten sus características y deberán contener en idioma español la información siguiente: nombre, denominación o razón social del fabricante, clasificación del casco, modelo del casco y cantidad de piezas.
Ø  INSPECCION Y PRUEBA
Todos los componentes, conchas, suspensiones, tafiletes, banda de sudor y accesorios, si hay alguno, deberán ser inspeccionados diariamente para verificar cualquier casco de protección personal con partes gastadas, dañadas, defectuosas, ruptura , agrietamientos, deformaciones o que ha recibido impactos o descargas eléctricas, deberá ser retirado del servicio.
Ø  LIMITACIONES DE LA PROTECCION
Los artículos construidos con materiales polimétricos son susceptibles de dañarse por exposición a radiación ultra violeta y agentes químicos.
Ø  VIGILANCIA
La vigilancia de la presente norma oficial mexicana, estará  Cargo de:
a)       Secretaria del trabajo y prevención social
b)      La procuraduría federal del consumidor.
Ø  CONCORDANCIA CON NORMAS ENTERNACIONALES
Esta norma concuerda principalmente con la norma internacional ISO 3873: 1977, industrial SAFETY HELMETS, en lo referente a los requisitos de: transmisión de la fuerza de impacto, resistencia  L penetración y resistencia a la combustión. En relación con el requisito de la resistencia a la tensión eléctrica soportable se modifica el potencial de prueba y se agrega el requisito de resistencia a la perforación eléctrica.
Ø  CLASIFICACION Y DESIGNACION
La certificación de los cascos de protección se llevara a cabo por clasificación y designación, a elección del solicitante. Se considera como clasificación, a su nivel de desempeño contra riesgos por impacto y tensión eléctrica, a las G (general), E (dieléctrico) y C (conductor).

INTEGRANTES:


LOPEZ MARTINEZ BLANCA ISABEL, HERNANDEZ DUARTE DELIA SOFIA, LOPEZ QUIROZ NAHIELY ESTEFANIA, HERRERA ORTIZ BRENDA DANIELA, HERNANDEZ ARVIZU JOSE IGNACIO, HERNANDEZ PORTILLO KARLA GABRIELA.

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